Consentimiento informado en podología: eficiencia y seguridad en procedimientos de mínima invasión
Lpod. Sergio Armando Ortiz Vázquez.
Guadalajara, Jalisco, México. Miércoles 7 de Mayo 2025
La práctica podológica moderna en México ha incorporado el consentimiento informado como una herramienta esencial para garantizar la seguridad del paciente y la eficiencia de la consulta, incluso en procedimientos de mínima invasión como matricectomías (cirugía de la uña), bloqueos anestésicos del primer dedo del pie e infiltraciones terapéuticas (por ejemplo, aplicaciones de ácido hialurónico o tratamientos para espolón calcáneo). Este documento no es un simple formulario administrativo, sino la manifestación de un proceso de comunicación y acuerdo entre el podólogo y el paciente, fundamentado en el respeto a la autonomía del individuo.
A continuación, exploramos qué es el consentimiento informado y por qué es crucial en podología, cómo debe estructurarse este documento y qué puntos clave debe contener, y finalmente su importancia para lograr consultas más eficientes y seguras, apoyándonos en datos y estudios internacionales.
¿Qué es el consentimiento informado y por qué es crucial en podología?
El consentimiento informado es un proceso continuo de información y diálogo entre el profesional de la salud y el paciente, que culmina en un documento firmado donde el paciente autoriza un procedimiento con pleno conocimiento de sus alcances. No se trata solo de “llenar un papel”, sino de asegurar que el paciente comprenda su enfermedad, el procedimiento propuesto, sus riesgos, beneficios y alternativas. Según la Comisión Nacional de Bioética de México, este proceso es la expresión tangible del respeto a la autonomía del paciente y refleja una actitud ética responsable que eleva la calidad de la atención . En la práctica podológica, esto significa que antes de realizar, por ejemplo, una matricectomía para una uña encarnada o una infiltración para fascitis plantar, el especialista debe explicar al paciente en lenguaje claro en qué consiste el procedimiento, por qué se recomienda, qué molestias o complicaciones potenciales puede haber (como infección, dolor, sangrado, reacciones a la anestesia, etc.), y qué otras opciones existen (tratamiento conservador, diferir la cirugía, etc.).
A nivel internacional, la importancia del consentimiento informado está ampliamente reconocida. Muchos países han legislado su obligatoriedad en procedimientos médicos. España, por ejemplo, cuenta desde 2002 con la Ley de Autonomía del Paciente que exige el consentimiento informado por escrito en actos médicos invasivos. En el Reino Unido, el caso Montgomery vs. Lanarkshire Health Board (2015) fue un hito legal que estableció que la adecuación de la información provista al paciente se juzgue desde la perspectiva de una persona razonable en la posición del paciente. Esto implica que el médico (o podólogo, en nuestro caso) tiene el deber de asegurarse de que el paciente conozca todos los riesgos materiales del procedimiento propuesto . En Alemania, la Ley de Derechos del Paciente de 2013 consolidó en el Código Civil la obligatoriedad del consentimiento informado, incluyendo el deber de brindar toda aclaración necesaria antes de un tratamiento. Estas medidas legales refuerzan un principio ético universal: nadie debe ser sometido a un procedimiento médico sin comprender de qué se trata y dar su consentimiento libremente.
En podología, aunque muchos procedimientos son de carácter menor o ambulatorio, no se debe subestimar la relevancia del consentimiento informado. Además de ser un requisito normativo en México (la NOM-004-SSA3-2012 exige obtener consentimiento escrito para procedimientos quirúrgicos, aquellos que requieren anestesia regional, procedimientos con riesgos elevados y cualquier acto que pueda implicar mutilación, entre otros), es sobre todo una buena práctica clínica. Por medio de este documento, el podólogo protege los derechos del paciente y también se protege a sí mismo al dejar constancia de que informó adecuadamente. Esto es crucial si consideramos que, cuando el proceso falla, pueden surgir malentendidos y problemas. Por ejemplo, un estudio en Cataluña encontró que solo 59,2% de los pacientes recordaban haber recibido explicaciones sobre los riesgos de la intervención que se les realizó, y 9% no entendieron bien en qué consistía su cirugía; incluso 36% creían equivocadamente que el consentimiento informado eximía de responsabilidad al médico. De forma similar, en Francia una encuesta nacional de 2021 reveló que apenas 20% de las personas creen que los médicos realmente aplican bien los principios de información clara y leal para obtener el consentimiento libre y esclarecido del paciente  . Estas cifras evidencian que, si el consentimiento informado se toma a la ligera o se ve como un trámite, los pacientes pueden quedar confundidos, desinformados o con falsas creencias.
Lamentablemente, a nivel global muchos pacientes firman formularios sin comprenderlos plenamente. En Estados Unidos, por ejemplo, se reportó que 44% de los pacientes que firman un consentimiento no saben con exactitud la naturaleza de la operación que autorizaron, y entre el 60% al 70% ni leyeron ni entendieron la información contenida en el formulario . Esto suele ocurrir cuando el profesional no dedica suficiente tiempo a explicar y sólo presenta un documento denso en jerga técnica. De hecho, un análisis de formularios en hospitales académicos estadounidenses mostró que el lenguaje utilizado corresponde, en promedio, a un nivel educativo de grado 10.6 (segundo año de preparatoria), excediendo por varios años el nivel recomendado, lo que dificulta la comprensión para muchos pacientes. Tales hallazgos resaltan la importancia de un consentimiento verdaderamente informado: no basta con obtener una firma; el paciente debe entender lo que firma. En procedimientos podológicos de mínima invasión, que a veces se realizan de forma ambulatoria y rápida, es fundamental no escatimar en esta etapa de explicación. Un paciente bien informado estará más tranquilo, cooperará mejor durante el procedimiento y confiará más en su podólogo.
Estructura y puntos clave de un consentimiento informado podológico
Para que el consentimiento informado cumpla su objetivo, debe estar estructurado con claridad e incluir ciertos puntos clave. Aunque el formato exacto puede variar, un consentimiento informado en podología (y en general en procedimientos menores) debería contener al menos los siguientes elementos fundamentales:
• Datos del paciente y del procedimiento: Nombre del paciente, fecha, y nombre del podólogo o profesional que realizará el procedimiento. Identificación precisa del procedimiento propuesto (por ejemplo, “matricectomía parcial del dedo gordo del pie derecho con anestesia local”).
• Descripción de la condición y propósito del procedimiento: Un breve resumen del diagnóstico o problema del paciente (ejemplo: “uña encarnada recurrente con infección”) y la finalidad del procedimiento recomendado (“remover la porción de la uña para resolver la uña encarnada y prevenir recurrencias”).
• Riesgos y posibles complicaciones: Enumeración de los riesgos inherentes al procedimiento, incluso si su probabilidad es baja. En podología, esto podría incluir: riesgo de infección, sangrado, dolor post-procedimiento, reacciones a la anestesia, daño en tejidos circundantes, recurrencia de la afección (p. ej., que la uña vuelva a encarnarse) o complicaciones poco comunes como lesión nerviosa o alergias. Es importante que estos riesgos se expliquen en términos comprensibles, evitando tecnicismos.
• Beneficios esperados: Qué se pretende lograr o qué mejoras obtendrá el paciente con el procedimiento (por ejemplo, alivio del dolor, resolución de la infección, corrección de la uña encarnada, mejora en la movilidad). Esto ayuda al paciente a entender por qué vale la pena someterse al tratamiento.
• Alternativas y consecuencias de no tratar: Mención de otras opciones disponibles (por ejemplo, en vez de una matricectomía, podría intentarse un tratamiento conservador con curaciones; o en vez de una infiltración de medicamento, optar por fisioterapia). También se debe indicar qué podría ocurrir si el paciente decide no realizarse el procedimiento propuesto (por ejemplo, que la infección podría empeorar, o que el dolor podría persistir). Esto refuerza el carácter voluntario de la decisión e involucra al paciente en un proceso de decisión compartida.
• Cuidados posteriores y expectativas de recuperación: Indicaciones sobre el periodo de recuperación habitual y los cuidados que se deben seguir tras el procedimiento. En podología, por ejemplo, cuánto tiempo deberá mantener reposo relativo, si necesitará usar un calzado especial, curaciones, o cuántos días tomará la recuperación de una uña tratada . Entender el proceso postoperatorio forma parte de la información que el paciente requiere para dar un consentimiento verdaderamente informado.
• Consentimiento del paciente: Una declaración donde el paciente (o su representante legal, si aplica) manifiesta que ha recibido la información, que todas sus preguntas fueron respondidas, que comprende los riesgos, beneficios y alternativas, y que acepta voluntariamente proceder. Esta sección usualmente va seguida de la firma del paciente y la fecha.
• Firma del profesional y testigos (si se requiere): El podólogo o médico responsable debe firmar como evidencia de que proporcionó la información y obtuvo el consentimiento. En algunas instituciones y en ciertos países, también se incluye la firma de uno o dos testigos de que se llevó a cabo el proceso de información de forma adecuada. En España, por ejemplo, un estudio halló que en casi la mitad de los consentimientos revisados faltaba la firma del médico (solo estaba la del paciente), lo cual es un error, ya que el documento debe reflejar el diálogo bilateral. En México, la normativa indica que el personal de salud debe integrar el consentimiento informado por escrito en el expediente clínico, firmado por el paciente o familiar y por el responsable del procedimiento.
Al redactar este documento, se recomienda usar un lenguaje lo más sencillo posible, en español claro, evitando terminología técnica que el paciente promedio no entienda. Por ejemplo, en lugar de “resección parcial de la lámina ungueal y destrucción matricial química con fenol”, se puede explicar como “retirar una parte de la uña del pie y aplicar una sustancia para evitar que ese pedazo de uña vuelva a crecer”. Diversos estudios han mostrado que muchos formularios de consentimiento son difíciles de entender para los pacientes por su nivel de complejidad lingüística. Por ello, el podólogo debe asegurarse, incluso leyendo junto con el paciente el documento, de que cada punto ha sido comprendido. Un recurso útil es pedir al paciente que parafrasee lo que entendió (“¿me podría decir con sus palabras qué es lo que vamos a hacer y qué riesgos implica?”) para verificar su comprensión. Solamente cuando se confirma que el paciente comprende y está de acuerdo, debe procederse a la firma. Este proceso puede tomar unos minutos extra, pero es tiempo bien invertido en la seguridad y confianza de la atención.
Importancia y beneficios del consentimiento informado en la consulta podológica
Implementar adecuadamente el consentimiento informado redunda en múltiples beneficios dentro de la consulta podológica. En primer lugar, mejora la seguridad jurídica y clínica: el documento firmado sirve como respaldo legal de que el paciente fue informado, protegiendo al profesional en caso de eventuales reclamos. Pero más importante aún, un buen consentimiento informado promueve la seguridad del paciente, ya que pacientes informados tienden a seguir mejor las indicaciones, reconocer signos de alarma y participar activamente en su recuperación. Por ejemplo, si un paciente sabe que tras una matricectomía debe mantener el pie limpio y elevado por 24 horas para evitar infecciones, es más probable que cumpla estas recomendaciones, disminuyendo complicaciones.
Además, se ha observado que el consentimiento informado fortalece la relación de confianza entre el paciente y el podólogo. Al explicar con honestidad los pros y contras de un procedimiento, el profesional muestra respeto y transparencia, lo que el paciente valora. Estudios han documentado que cuando los pacientes se sienten bien informados, su satisfacción con la atención aumenta y su ansiedad pre-procedimiento disminuye . En contraste, la falta de información puede generar miedo o desconfianza. Un pequeño estudio citado por Temple University Hospital encontró que muchos pacientes perciben los formularios de consentimiento más como “un mecanismo de protección legal para el médico o la clínica” que como una fuente de información para ellos mismos. Esta percepción, también reflejada en el estudio español donde 36% creía que el documento eximía de responsabilidad al médico, indica un fracaso en la comunicación. Cuando el paciente ve el consentimiento informado solo como un trámite burocrático, se pierde su verdadero propósito. Por ello, es responsabilidad del profesional revertir esa idea, enfatizando que la principal función del consentimiento es informativa y participativa, no meramente legal.
Otra consecuencia positiva de un consentimiento informado bien llevado es la reducción de conflictos y malentendidos a posteriori. Muchos casos de inconformidad o incluso demandas por mala praxis tienen su origen no en el resultado del procedimiento en sí, sino en que el paciente alega “nadie me dijo que esto podía pasar”. Un análisis de reclamaciones en Australia mostró que en el 71% de las disputas por consentimiento informado la alegación principal fue que el clínico no mencionó o explicó adecuadamente un riesgo de complicación. La mayoría de estos casos involucraban procedimientos quirúrgicos, incluso de carácter estético, donde el paciente tuvo un desenlace adverso del que no se le había advertido. Si extrapolamos esto a la podología, imaginemos un paciente con espolón calcáneo al que se le infiltra un corticosteroide: si no se le advirtió que podría haber dolor post-inyección o incluso una rara posibilidad de atrofia grasa en la zona, y luego ocurre, es comprensible que el paciente se moleste o pierda confianza. Anticipar y comunicar los posibles eventos adversos no hace que el paciente decline el tratamiento en la mayoría de los casos, sino que genera expectativas realistas y mayor tolerancia a las molestias normales del proceso. Es preferible invertir tiempo explicando antes, que lidiar con la sorpresa e indignación del paciente después.
El consentimiento informado también aporta eficiencia a la consulta en el sentido de que organiza la información clave de la intervención de forma sistemática. Un podólogo que cuenta con un formato bien estructurado puede asegurarse de no omitir nada importante al explicar (sirve de lista de verificación mental), lo cual reduce repeticiones innecesarias o preguntas de último minuto en el quirófano. Por ejemplo, si en el documento está claramente indicado que el paciente es alérgico a la lidocaína (dato relevante obtenido durante la conversación del consentimiento), se evitará un contratiempo al momento de la anestesia. Asimismo, tener el consentimiento informado preparado para procedimientos frecuentes (como una plantilla adaptada a la matricectomía, otra para la infiltración del talón, etc.) agiliza el flujo de trabajo: el paciente recibe la información por escrito que refuerza la explicación verbal, y puede llevarse una copia si lo desea. Algunos estudios sugieren que complementar la explicación oral con un folleto o formulario escrito aumenta la retención de la información por parte del paciente. En países como China, donde culturalmente la familia juega un papel importante en las decisiones médicas, el consentimiento informado escrito permite que los allegados del paciente también se informen. (Cabe mencionar que en un estudio con médicos en China, solo 5.4% opinó que bastaba con informar al paciente, la gran mayoría prefiere involucrar a la familia en decisiones sobre procedimientos delicados. Esto refleja diferencias culturales, pero de cualquier modo, el documento de consentimiento puede servir para que tanto paciente como familiares entiendan el procedimiento propuesto).
Desde la perspectiva ética, el consentimiento informado empodera al paciente. En podología, al ser consultas frecuentemente privadas o de corto tiempo, puede existir la tentación de minimizar la explicación para “no asustar” al paciente con detalles técnicos. Sin embargo, los pacientes tienen derecho a entender incluso las intervenciones más simples. Dar información completa no espanta a los pacientes; por el contrario, la mayoría agradece la franqueza. De hecho, un trabajo de investigación en Portugal subraya que el paciente debe poder deliberar con tiempo sobre la información recibida, y recomienda reafirmar el consentimiento si pasa mucho tiempo desde que se firma hasta que se realiza el procedimiento. En el sistema público portugués, a veces los pacientes firman el consentimiento meses antes de la cirugía, lo que ha llevado a sugerir que se reitere la información el día del procedimiento para confirmar que el consentimiento sigue vigente y entendido. Esta práctica es extrapolable a la podología: si un paciente firmó su consentimiento en una cita previa y vuelve días después para la cirugía menor, es prudente repasar rápidamente los puntos clave y asegurarse de que no tenga nuevas dudas.
En suma, el consentimiento informado contribuye a una atención podológica más segura, eficaz y centrada en el paciente. Es un elemento de calidad asistencial: la Organización Mundial de la Salud lo incluye dentro de las buenas prácticas de seguridad del paciente. Un consentimiento bien hecho reduce riesgos, mejora la satisfacción y alinea las expectativas entre paciente y podólogo. Como indica la Comisión de Bioética, también “garantiza el respeto a la dignidad de las personas”, pues reconoce al paciente como protagonista de su propio cuidado y no como un sujeto pasivo.
Conclusión: Una invitación a la confianza y al cuidado podológico
El consentimiento informado es mucho más que un documento a firmar; es un diálogo de confianza que se traduce en papel. En el contexto de la podología en México, adoptar esta práctica con seriedad en cada consulta y procedimiento, por mínimo que sea, marca una diferencia en la calidad de la atención. Un paciente informado es un paciente tranquilo, cooperador y consciente de su autocuidado. Por ello, si tienes molestias en los pies o requieres un procedimiento podológico, no dudes en acudir a tu podólogo de confianza: encontrarás no solo un profesional capacitado para tratar tu problema, sino también dispuesto a explicarte cada paso del camino. Pregunta, infórmate y participa en las decisiones sobre tu salud. Un buen podólogo te brindará un consentimiento informado claro y completo, resolviendo tus dudas antes de proceder. Así, podrás enfrentar cualquier tratamiento –desde el manejo de una uña encarnada hasta una infiltración para el dolor– con la certeza de saber qué ocurrirá y con la confianza de estar en manos seguras. Visita a tu podólogo y dale a tus pies el cuidado profesional que merecen, respaldado siempre por información y consentimiento plenamente informados.
A continuación te agregamos un modelo de consentimiento informado para el uso previo a un procedimiento.
https://docs.google.com/document/d/1JCUfrgbLkx6-hKHKh-dV_Q4iIkDEvgx_j_Ayvez4oUw/edit?usp=sharing
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Referencias (formato APA):
1. Asociación Portuguesa de Bioética (2021). Estudo No E_33: Consentimento informado, livre e esclarecido. APB. (Fragmento obtenido de upbioetica.org sobre prácticas de consentimiento en Portugal) .
2. Comisión Nacional de Bioética – CONBIOÉTICA (s.f.). Consentimiento informado. Secretaría de Salud, Gobierno de México. (Definición oficial del consentimiento informado).
3. Edozien, L. C. (2015). UK law on consent finally embraces the prudent patient standard. BMJ, 350, h2877. (Comentario sobre el caso Montgomery y el estándar centrado en el paciente en Reino Unido)
4. France Assos Santé (2021). Enquête Flash #1 – Délivrance de l’information au patient. France Assos Santé. (Resultados de encuesta francesa sobre percepción del consentimiento informado)
5. Guix Oliver, J., Balañà Fort, L., Carbonell Riera, J. M., Simón Pérez, R., Surroca Macià, R. M., & Nualart Berbel, L. (1999). Cumplimiento y percepción del consentimiento informado en un sector sanitario de Cataluña. Revista Española de Salud Pública, 73(6), 553-561. (Estudio sobre comprensión y cumplimiento del consentimiento en hospitales de Cataluña).
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9. World Medical Association (2017). WMA Declaration of Lisbon on the Rights of the Patient. WMA. (Declaración internacional que incluye el derecho al consentimiento informado). (No citada directamente en el texto, referenciada por contexto general).
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